@article{SCHREGINGER_2022, title={Principio de legalidad: Segunda parte }, url={https://revistaecae.ptn.gob.ar/index.php/revistaecae/article/view/96}, abstractNote={<p>En la primera parte se abordó la conceptualización del principio de legalidad como regla social de convi­vencia que pone límites al posible actuar arbitrario de los integrantes de una comunidad, quienes deben respetar las reglas impuestas previamente por ellos mismos o por una autoridad que ejerce poder sobre ellos.  Se aborda la consagración del principio de legalidad en nuestra CN, la que establece en su artículo 19 una regla de clausura general. Se explicitan las facetas formal y substancial del principio de legalidad.</p> <p>En esta segunda entrega se examina la faceta substantiva o material, por la cual se garantiza el respeto al acuerdo de convivencia social con el objetivo fundamental de brindar previsibilidad, certeza y seguridad jurídica al actuar, asimismo la protección a los derechos humanos fundamentales básicos y, en constituciones como la Nacional, el derecho a procurar o exigir, determinados derechos fundamentales para el desarrollo humano digno. Asimismo, se trata la recepción del principio de legalidad por la Convención Americana de Derechos Humanos y, finalmente, la previsión en el artículo 75 inciso 32 de la CN de una cláusula constitucional de “cierre” o de supremacía de la ley como fuente normativa para regular todos los cometidos estatales.</p>}, number={7}, journal={Revista de la Escuela del Cuerpo de Abogados y Abogadas del Estado}, author={SCHREGINGER, Marcelo José}, year={2022}, month={jun.}, pages={25–82} }