PANDEMIA Y DIVISIÓN DE PODERES

A PROPÓSITO DE LOS DNU DICTADOS POR EL PEN EN EL MARCO DE LA EMERGENCIA SANITARIA DESATADA POR EL NUEVO CORONAVIRUS, COVID-19

Autores/as

  • Gustavo Silva Tamayo UBA- ARGENTINA

Palabras clave:

pandemia, division de poderes, estado de excepción

Resumen

La pandemia desatada por el COVID-19 que nos asuela, es una, por cierto, aciaga e inesperada manifestación del fenómeno de la Globalización el que, hasta ahora, sólo había sido enfocado y analizado desde sus aspectos económicos, jurídicos, sociales o culturales, sin avizorarse la factible “globalización” de esta enfermedad de la que poco se sabe y mucho se desconoce y que, en un mundo interdependiente e interconectado, se ha propagado sobre casi sobre todos los países de la Tierra, generando una situación inédita en la Historia de la Humanidad, de efectos y consecuencias impredecibles a la fecha.
Para abordar el tema que motiva estas líneas nos parece necesario esclarecer, a priori, a qué principio de división de poderes se pretende aludir, cuando se alega su actual o potencial quebrantamiento y, en todo caso, si la premisa de la que se parte para llegar a esa conclusión sigue siendo válidamente aceptable.
En nuestra realidad jurídica ha provocado el dictado de una serie de DNU integrantes de lo que hemos denominado como “Plexo
COVID-19”, que han restringido una serie de derechos fundamentales en aras a preservar la vida y la salud de los habitantes de nuestro territorio. Creemos y anhelamos que la evolución de la enfermedad permita, gradualmente, recuperar las condiciones económicas con medidas que apunten a la reactivación de las variables. La empresa no será, por cierto, sencilla. Pero el dilema entre la vida y la salud, por un lado y la economía por el otro, no es de hierro y posee una respuesta indubitada en todo Estado Social y Constitucional de Derecho. El dictado de los DNU durante la pandemia no presupone pues, un “Estado de excepción” que preludie la implementación de prácticas autoritarias o dictatoriales, ni quiebra el principio de división de poderes resignificado (o reactualizado) enfocado desde una perspectiva sistémica inherente al modelo de estatalidad que al igual que la gran mayoría de los países de Occidente, hemos abrazado .

Descargas

Publicado

30-10-2020

Cómo citar

Silva Tamayo, G. (2020). PANDEMIA Y DIVISIÓN DE PODERES: A PROPÓSITO DE LOS DNU DICTADOS POR EL PEN EN EL MARCO DE LA EMERGENCIA SANITARIA DESATADA POR EL NUEVO CORONAVIRUS, COVID-19. Revista De La Escuela Del Cuerpo De Abogados Y Abogadas Del Estado, (4), 656–672. Recuperado a partir de https://revistaecae.ptn.gob.ar/index.php/revistaecae/article/view/174